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Como Funciona
El Usuario tiene que ponerse en contacto
con la CONDUSEF para solicitar su inscripción al REUS y proporcionar
los datos que desee dar de alta, los cuales pueden ser los
siguientes:
I Dos números telefónicos particulares (uno fijo
y el otro móvil);
II Dos números telefónicos laborales (uno fijo y el otro
móvil);
III Un correo electrónico particular, y/o
IV Un correo electrónico laboral.
Una vez registrado el Usuario debe esperar 45 días naturales para
que sus datos estén actualizados y dejar de recibir llamadas o
correos electrónicos de las Instituciones Financieras.
Preguntas
1. ¿Qué es el REUS?
R. Es un padrón que contiene información personal de los Usuarios
del sistema financiero mexicano que no desean ser molestados con
publicidad y promociones por parte de las Instituciones Financieras
en sus prácticas de mercadotecnia.
2. ¿Cuál es su fundamento Legal?
R. El artículo 8, párrafos tercero a sexto, de la Ley de Protección
y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
3. ¿Todos los Usuarios de servicios financieros pueden registrarse?
R. Sí, el REUS es para el Usuario en general, es decir, cualquier
persona que contrata, utiliza o por cualquier otra causa tenga algún
derecho frente a una Institución Financiera, como resultado de la
operación o servicio prestado.
4. ¿Qué Instituciones participarán?
R. Las Entidades que se consideren como Instituciones Financieras de
acuerdo con el artículo 2, fracción IV, de la Ley de CONDUSEF
(Bancos, aseguradoras, afores, sofoles, arrendadoras, entre otros),
así como las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple.
5. ¿Qué función tiene?
R. No recibir, de las Instituciones Financieras, publicidad,
promoción o telemarketing, respecto de los bienes, productos y
servicios financieros que ofrecen.
6. ¿Para quién va dirigido?
R. Para el Usuario en general que tenga una relación con alguna
Institución Financiera, ya sea tarjeta de crédito, débito, nómina,
seguros, pago de servicios en ventanilla, créditos bancarios,
hipotecarios y de consumo duradero, entre otros.
7. ¿Qué seguridad tienen los datos que proporcione un Usuario?
R. Los datos se encuentran salvaguardados en términos del artículo
13 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios
Financieros, así como 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública Gubernamental.
8. ¿En qué beneficia al Usuario?
R. Respeta su privacidad y le evita molestias que generan llamadas
inoportunas.
9. ¿Tiene algún costo?
R. Es totalmente gratuito para el Usuario.
10. ¿Lo inventamos en México?
R. No, países como Estados Unidos, España, Argentina, Australia,
Chile, entre otros, tienen registros similares al nuestro.
11. ¿El Registro también protegerá contra publicidad de tipo
comercial, de Agencias de Viajes, entre otros?
R. PROFECO también contará con un Registro de Consumidores en donde
las personas se podrán dar de alta para no recibir publicidad
comercial. A CONDUSEF únicamente le compete lo referente a
Instituciones Financieras.
12. ¿Cuánto tiempo dura la inscripción en el Registro?
R. Dos años calendario contados a partir de los 45 días naturales
siguientes a la fecha de inscripción del Usuario en el REUS.
13. ¿Qué ocurre después de que pasen los dos años de vigencia?
R. Si el Usuario desea continuar en el Registro debe contactar a la
CONDUSEF y revalidar su inscripción, de no ser así, automáticamente
se dará de baja.
14. ¿A partir de qué fecha podrá registrarse el Usuario?
R. Desde el 1 de diciembre del 2007.
15. De la fecha del registro, ¿Cuántos días tardará para que las
instituciones financieras no llamen o envíen publicidad a los
correos electrónicos restringidos?
R. Aproximadamente 45 días naturales.
16. ¿Qué tipo de llamadas de Instituciones Financieras no cubre el
REUS?
R. Servicios de cobranza, llamadas con fines políticos, caridad,
beneficencia y encuestadores telefónicos.
17. ¿En qué caso podrá inscribir en el REUS una persona a otra?
R. Cuando se compruebe que el Usuario a inscribir, adolece de algún
tipo de incapacidad física o que se trate de un adulto mayor. En
este caso, la persona que acuda a las Oficinas de Atención a
Usuarios de la CONDUSEF tendrá que acreditar dicha circunstancia y
presentar original de una identificación oficial (credencial de
elector, pasaporte, licencia de manejo o cédula profesional) y un
comprobante de domicilio del Usuario de que se trate.
18. ¿Quién está obligado a observar las disposiciones del REUS?
R. Las Entidades que son Instituciones Financieras de acuerdo con el
artículo 2, fracción IV, de la Ley de CONDUSEF, así como las
Sociedades Financieras de Objeto Múltiple.

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